Las entidades urbanísticas de conservación responden por los daños que se produzcan por el mal estado de las instalaciones que están obligadas a mantener, como los viales, aceras, calles, etcétera. En estos casos no responde el Ayuntamiento.
Los ayuntamientos están utilizando de forma torticera las multas coercitivas con el objetivo de financiarse y no con el espíritu de que se cumpla con la legalidad urbanística. Sin embargo, la Justicia está poniendo límites.
Hasta cuándo deben los vecinos, o la comunidad de propietarios, hacerse cargo de los costes y cargas de la urbanización, o debe ser obligación del Ayuntamiento.