Nuevo Desahucio y reforma del Alquiler
Nuevo Desahucio y reforma del Alquiler
El pasado día 24 de agosto de 2012 fue aprobado remitir a las Costes la Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler (pinchar aquí), la cuál tiene como objetivo dar un giro a los contratos de alquiler así como al procedimiento de desahucio, mediante la flexibilización de los primeros y el acortamiento de los plazos del segundo.
Y es el procedimiento de desahucio el que realmente nos interesa comentar, puesto que la reforma conlleva una importante (y voluntariosa) reducción de los plazos de duración de dicho procedimiento judicial. Ello es debido a que el desahucio ha sido planteado como un procedimiento monitorio, por lo tanto una vez interpuesta la demanda de desahucio, el deudor dispondrá de 10 días hábiles para pagar la deuda u oponerse a ella. Recordemos, que anteriormente el deudor tenía la posibilidad de enervar (pagar la deuda) incluso momentos antes de la celebración del acto del juicio.
Además en el caso de que pasados los 10 días, el deudor no haya pagado ni se haya opuesto a la demanda, el Juez dará por terminado el procedimiento y se señalará fecha para el lanzamiento sin más trámites. Otra novedad es que el procedimiento terminará mediante auto del Juez en lugar de por decreto del Secretario Judicial.
La teoría parece muy clara, pero la duda que surge ahora es como será llevado a cabo en la práctica, teniendo en cuenta que la primera traba que puede surgir es la notificación de la demanda, lo que a veces ya suele llevar meses, dependiendo del municipio en el que radique el inmueble y por supuesto de la picaresca del inquilino. Tambien debemos pensar en la posibilidad de oposición por parte del arrendatario, lo que implicaría un aumento considerable de los plazos puesto que debería seguirse por el trámite del juicio verbal.
Cómo en otras ocasiones la voluntad del legislador y la realidad no andan parejas, veremos cómo se desarrolla el día a día judicial. Aunque, por supuesto, de momento es un Proyecto, aún ha de aprobarse por las Cortes, y seguir su trámite parlamentario.