EL TRIBUNAL SUPREMO TUMBA EL CÁLCULO POR COEFICIENTES DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (ITP)
EL TRIBUNAL SUPREMO TUMBA EL CÁLCULO POR COEFICIENTES DEL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (ITP)
En primer lugar, debemos manifestar que dicha Doctrina ha sido fijada a raíz de cuatro sentencias dictadas recientemente en las que se examinaban los recursos de la Junta de Castilla-La Mancha en relación con las comprobaciones de valores de dichos inmuebles, en las cuales Hacienda arrojaba un valor superior al declarado por los contribuyentes aplicando el método de comprobación recogido en el artículo 57.1.b) de la Ley General Tributaria, es decir la multiplicación del valor catastral por el coeficiente del municipio establecido para ese año.
La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que “el método de comprobación consistente en la estimación por referencia a valores catastrales, multiplicados por índices o coeficientes (artículo 57.1.b) de la Ley General Tributaria) no es idóneo, por su generalidad y falta de relación con el bien concreto de cuya estimación se trata, para la valoración de bienes inmuebles en aquellos impuestos en que la base imponible viene determinada legalmente por su valor real, salvo que tal método se complemente con la realización de una actividad estrictamente comprobadora directamente relacionada con el inmueble singular que se someta a avalúo”. Puede descargarse la sentencia completa en pinchando en este enlace.
Asimismo, hace referencia a la carga de la prueba, haciendo expresa mención a que debe ser la Administración y no el contribuyente, quien debe probar la falta de veracidad del valor declarado en la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con el valor real del bien inmueble.
Si Ud. considera que la comprobación del valor de su inmueble realizada por Hacienda en relación con el ITP es injusta, ya sea porque se ha calculado con el método del coeficiente o con cualquier otro establecido en la Ley General Tributaria, puede ponerse en contacto con nosotros para que examinemos su caso y poder asesorarle en la defensa de sus intereses.
En Manga Abogados tenemos amplia experiencia asesorando en este tipo de asuntos, por ello, si lo desea puede realizar una consulta por mail sin ningún compromiso, pinchando aquí.