Procedimientos y fases de la Expropiación Forzosa
Procedimientos y fases de la Expropiación Forzosa La expropiación forzosa es una institución del Derecho administrativo que desde hace muchos años viene utilizando la Administración pública para adquirir ciertos bienes y derechos que son necesarios para distintos fines de utilidad pública o interés social. La peculiaridad que la caracteriza respecto de otras formas de adquisición es que no requiere de un acuerdo entre partes, si no que nace de la voluntad unilateral de la Administración. La expropiación forzosa no siempre está encaminada a que los bienes o derechos expropiados entren en la esfera patrimonial de una administración pública, sino que lo pueden hacer en el de una empresa pública, e incluso en la de un tercero particular. Pues por un lado está la figura del expropiante (el titular de la potestad expropiatoria que habrá de ser necesariamente un ente público), y por otro la del beneficiario, a quien se transmite la titularidad del objeto expropiado. Ejemplo de esto último es el caso de las beneficiarias de las autopistas de peaje. Necesidad de ocupación: El procedimiento de expropiación comienza realmente con el acuerdo de necesidad de ocupación en el cual la Administración expropiante o el beneficiario de la expropiación, en su caso, a través de aquélla, formulará una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos cuya ocupación o disposición se consideren necesarios, y en su caso de aquellos otros necesarios para las ampliaciones de la obra, servicio o finalidad que determina la expropiación. Se exceptúan de este trámite los proyectos aprobados reglamentariamente, cuando los mismos comprendieran la descripción material de los bienes o derechos necesarios A estos efectos, la Ley de Expropiación Forzosa prevé una dualidad de procedimiento. En uno es necesario dicha declaración y en el otro no. En el procedimiento de urgente ocupación, por el cual excepcionalmente el […]